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Real Decreto-ley Vigente

Disposición transitoria decimocuarta. Vigencia transitoria de los calendarios de 2012.

Disposición transitoria decimocuarta del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad. · BOE-A-2012-9364

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-07-15.

Texto consolidado

Continuarán vigentes, hasta el 31 de diciembre de 2012, los calendarios de domingos y festivos, ya aprobados, en que los comercios podrán permanecer abiertos al público.

Asimismo, los calendarios que regulen el periodo estival de rebajas de 2012 mantendrán su vigencia durante el periodo en ellos establecido.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2012-07-15.

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