Disposición transitoria decimoctava. Recepción de urbanizaciones.
Disposición transitoria decimoctava de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias. · BOE-A-2017-10295
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-09-01.
Texto consolidado
La recepción de cualquier urbanización en curso de ejecución o ejecutada, que se encuentre pendiente de ser recibida por la administración urbanística correspondiente, se regirá por las normas establecidas por esta ley, en particular por las que regulan la recepción por imperativo legal.
Más artículos de Ley 4/2017
- ← Disposición transitoria decimoséptima. Expropiaciones por imperativo legal.
- → Disposición transitoria decimonovena. Clasificación y calificación urbanísticas hasta la aprobación definitiva de los…
- Ver la norma completa: Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias.