Disposición transitoria décima.
Disposición transitoria décima de la Ley Foral 2/1993, de 5 de marzo, de protección y gestión de la fauna silvestre y sus hábitats. · BOE-A-1993-13993
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1993-04-08.
Texto consolidado
En tanto no se reglamenten los caudales mínimos a que se refiere el artículo 43.1 de la presente Ley Foral serán de aplicación en cualquier tipo de concesión los caudales ecológicos establecidos en la Orden Foral 400/1991, de 23 de mayo.