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Ley Derogada

Disposición transitoria décima. De la modificación y reordenación de la Ley 11/2015, de 29 de diciembre, de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2016.

Disposición transitoria décima de la Ley 6/2016, de 15 de julio, del Servicio Público de Radiodifusión y Televisión de Ámbito Autonómico, de Titularidad de la Generalitat. · BOE-A-2016-7691

Atención: Ley 6/2016 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Sin que suponga un incremento de la dotación presupuestaria prevista, se modifican y reordenan las consignaciones presupuestarias de la ley de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2016, sección 05 Presidencia, programa 462.70 Servicio público de radiotelevisión, mediante la habilitación de sendas líneas de subvención nominativas en la sección 05 Presidencia, servicio 03, centro gestor 01, programa 462.70, capítulos 4 y 7, a favor de la Corporación de la Comunitat Valenciana de Medios de Comunicación, en la forma que se determina en el anexo, lo que implica una baja por el mismo importe en los capítulos 2 y 6 del mencionado programa presupuestario.

Con la entrada en vigor de esta ley se realizarán las operaciones presupuestarias y contables que procedan para garantizar la disponibilidad de los créditos a la Corporación de la Comunitat Valenciana de Medios Audiovisuales en el ejercicio 2016.

ANEXO

Baja.

Sección 05 Presidencia de la Generalitat.

Servicio 03 Secretaría Autonómica de Comunicación.

Centro gestor 01 Dirección General de Relaciones Informativas y Promoción Institucional.

Programa 462. 70 Servicio público de radiotelevisión.

Capítulo 2.

Baja 25.000.000 euros.

Capítulo 6.

Baja: 1.500.000 euros

Alta.

Sección 05 Presidencia de la Generalitat.

Servicio 03 Secretaría Autonómica de Comunicación.

Centro gestor 01 Dirección General de Relaciones Informativas y Promoción Institucional.

Programa 462. 70 Servicio público de radiotelevisión Ficha FP7.

Capítulo 4.

Denominación línea: Financiación de la Corporación de la Comunitat Valenciana de Medios de Comunicación.

Beneficiarios previstos: Corporación de la Comunitat Valenciana de Medios de Comunicación.

Descripción y finalidad: Financiación del gasto corriente de la Corporación de la Comunitat Valenciana de Medios de Comunicación.

Modo de concesión: Concesión directa artículo 168.a.

Aportación Generalitat no condicionada: 25.000,00 miles de euros.

Capítulo 7.

Denominación línea: Financiación de la Corporación de la Comunitat Valenciana de Medios de Comunicación.

Beneficiarios previstos: Corporación de la Comunitat Valenciana de Medios de Comunicación.

Descripción y finalidad: Financiación de las operaciones de capital de la Corporación de la Comunitat Valenciana de Medios de Comunicación.

Modo de concesión: Concesión directa artículo 168.a.

Aportación Generalitat no condicionada: 1.500,00 miles de euros.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2016-07-20.

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