El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Legislativo Derogada

Disposición transitoria cuarta. Criterios mínimos de sostenibilidad.

Disposición transitoria cuarta del Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de suelo. · BOE-A-2008-10792

Atención: Real Decreto Legislativo 2/2008 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Si, trascurrido un año desde la entrada en vigor de la Ley 8/2007, de 28 de mayo, de Suelo, la legislación sobre ordenación territorial y urbanística no estableciera en qué casos el impacto de una actuación de urbanización obliga a ejercer de forma plena la potestad de ordenación, esta nueva ordenación o revisión será necesaria cuando la actuación conlleve, por sí misma o en unión de las aprobadas en los dos últimos años, un incremento superior al 20 por ciento de la población o de la superficie de suelo urbanizado del municipio o ámbito territorial.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-06-27.

Más artículos de Real Decreto Legislativo 2/2008

En El Vínculo puedes leer Real Decreto Legislativo 2/2008 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.