Disposición transitoria cuarta. Complemento personal transitorio.
Disposición transitoria cuarta del Real Decreto 1130/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el régimen retributivo del Cuerpo de Secretarios Judiciales. · BOE-A-2003-17448
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-09-16.
Texto consolidado
Este real decreto no supondrá en ningún caso merma de las retribuciones actualmente percibidas por los Secretarios Judiciales que mantendrán, en su caso, a título personal y con carácter transitorio las retribuciones fijas a que tuvieran derecho con arreglo a la normativa anterior mientras no obtengan nuevo destino.