Disposición transitoria cuarta.
Disposición transitoria cuarta de la Orden de 20 de septiembre de 1985, sobre normas de construcción, aprobación de tipo, ensayos e inspección de cisternas para el transporte de mercancías peligrosas. · BOE-A-1985-20074
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1985-05-01.
Texto consolidado
Las cisternas y contenedores-cisternas construidos con posterioridad al 1 de junio de 1979 y antes del 1 de mayo de 1985, podrán seguir siendo utilizados después de esta fecha, aunque no cumplan la totalidad de los requisitos establecidos en la presente disposición.