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Ley Orgánica Vigente

Disposición transitoria cuarta

Disposición transitoria cuarta de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional. · BOE-A-1979-23709

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1979-10-25.

Texto consolidado

El Gobierno habilitará los créditos necesarios para el funcionamiento del Tribunal Constitucional hasta que éste disponga de presupuesto propio.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1979-10-25.

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