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Ley Foral Vigente

Disposición transitoria cuarta. Vigencia licencias de pesca.

Disposición transitoria cuarta de la Ley Foral 21/2023, de 26 de diciembre, de Gestión Piscícola de Navarra. · BOE-A-2024-1208

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-01-13.

Texto consolidado

Hasta en tanto no se determine por el Departamento competente en materia de gestión piscícola, las clases de licencia, su vigencia y el procedimiento para su expedición, la vigencia de las licencias de pesca será de un año.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2024-01-13.

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