Disposición transitoria cuarta. Especial referencia al Decreto 302/2001.
Disposición transitoria cuarta de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental. · BOE-A-2010-1708
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-12-30.
Texto consolidado
De forma transitoria, el Decreto 302/2001, de 25 de octubre, por el que se regula el aprovechamiento de la energía eólica en la Comunidad Autónoma de Galicia, y la Orden de 29 de octubre de 2002, por la que se determinan los requisitos para la autorización de parques eólicos y parques eólicos singulares, serán de aplicación para todos aquellos parques eólicos y parques eólicos singulares que fueron admitidos a trámite en órdenes de convocatoria formuladas al amparo de esta legislación.
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