Disposición transitoria cuarta. Período para la aprobación del código de buenas prácticas.
Disposición transitoria cuarta de la Ley 6/2017, de 14 de diciembre, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2018-988
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-12-22.
Texto consolidado
Las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Castilla-La Mancha dispondrán de un plazo máximo de un año a partir de la entrada en vigor de la presente Ley para la aprobación del Código de Buenas Prácticas previsto en el artículo 22.