Disposición transitoria cuarta. Del sector público instrumental de la Generalitat.
Disposición transitoria cuarta de la Ley 4/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2021. · BOE-A-2021-1860
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-01-01.
Texto consolidado
Durante 2021, se autoriza al Consell para que, mediante acuerdo, apruebe el presupuesto de los entes del sector público instrumental, incluyendo al efecto los fondos carentes de personalidad jurídica, que inicien su actividad a lo largo del mismo.
Dicha aprobación deberá acordarse con anterioridad a la efectiva puesta en marcha de las entidades u organismos, y su contenido vendrá delimitado por lo previsto al efecto en la Orden 2/2020, de 31 de julio, de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico, por la que se dictan las normas para la elaboración del presupuesto de la Generalitat para el ejercicio 2021.
Más artículos de Ley 4/2020
- ← Disposición transitoria tercera. De la adecuación a la normativa básica en materia de personal.
- → Disposición transitoria quinta. Autorización de los gastos de personal de las universidades públicas para 2022.
- Ver la norma completa: Ley 4/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2021.