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Ley Vigente

Disposición transitoria cuarta. Porcentajes de financiación compartida entre la Administración regional y las entidades locales.

Disposición transitoria cuarta de la Ley 3/2021, de 29 de julio, de Servicios Sociales de la Región de Murcia. · BOE-A-2021-21315

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-08-30.

Texto consolidado

Para la financiación de los equipos interdisciplinares, los porcentajes de financiación compartida a través de convenios de colaboración entre la Administración Regional y las entidades locales, para los Servicios Sociales de Atención Primaria, previstos en el artículo 50, se modificarán progresivamente hasta alcanzar, en un plazo máximo de cinco años, los siguientes porcentajes según el número de habitantes:

a) Menos de 20.000 habitantes y Mancomunidades: 80 % Comunidad Autónoma y 20 % entidades locales.

b) Entre 20.000 y 49.999 habitantes: 60 % Comunidad Autónoma y 40 % entidades locales.

c) Más de 50.000 habitantes: 45 % Comunidad Autónoma y 55 % entidades locales.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-08-30.

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