Disposición transitoria cuarta.
Disposición transitoria cuarta de la Ley 3/2004, de 2 de marzo, de creación del Colegio de Ingenieros Técnicos en Informática de las Illes Balears. · BOE-A-2004-6642
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-03-12.
Texto consolidado
El Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos en Informática de las Illes Balears obtiene la capacidad plena de obrar desde la constitución de sus órganos de gobierno.