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Ley Derogada

Disposición transitoria cuarta.

Disposición transitoria cuarta de la Ley 3/1993, de 4 de mayo, para la mejora de la accesibilidad y de la supresión de las barreras arquitectónicas. · BOE-A-1993-21447

Atención: Ley 3/1993 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

En tanto no se adapte la Ley 10/1990, de 23 de octubre, de disciplina urbanística, a la legislación básica regulada por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento administrativo común, la resolución de los expedientes correspondientes a infracciones muy graves corresponderá al órgano que tenga la competencia para resolver los expedientes referidos a infracciones graves. El plazo de prescripción de las infracciones y de las sanciones muy graves será el que se establece en el artículo 73 de la Ley de Disciplina Urbanística.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1993-05-21.

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