Disposición transitoria cuarta. Solicitud de datos distintos de los publicados.
Disposición transitoria cuarta de la Ley 2/2020, de 22 de octubre, de Estadística de Aragón. · BOE-A-2020-14695
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-10-31.
Texto consolidado
Hasta que se regule el precio público a que se refiere el artículo 24.2 de esta ley, el Instituto Aragonés de Estadística y las unidades estadísticas sectoriales del Sistema Estadístico Oficial de Aragón únicamente podrán denegar las solicitudes de tabulaciones o elaboraciones estadísticas distintas de las publicadas que se les soliciten cuando su atención suponga una perturbación grave del funcionamiento del servicio.