Disposición transitoria cuarta. Régimen provisional del anclaje, el fondeo, el amarre, la circulación de embarcaciones y el transporte colectivo de viajeros por mar.
Disposición transitoria cuarta de la Ley 2/2017, de 27 de junio, de declaración del Parque Natural Marítimo-Terrestre Es Trenc-Salobrar de Campos. · BOE-A-2017-10493
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-07-24.
Texto consolidado
En relación con las actividades de anclaje, fondeo, amarre, circulación de embarcaciones y transporte colectivo de viajeros por mar, hasta la aprobación del PORN, les serán de aplicación provisional las disposiciones de protección ambiental contenidas en el Plan de gestión del ZEC del archipiélago de Cabrera, cuyo ámbito marino se solapa con el ámbito marino del parque, sin perjuicio de la normativa sectorial que sea de aplicación.
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