Disposición transitoria cuarta.
Disposición transitoria cuarta de la Ley 2/1992, de 8 de mayo, de ordenación del personal al servicio del Consejo de Relaciones Laborales. · BOE-A-2012-2256
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1992-06-12.
Texto consolidado
Al personal que acceda a la condición de funcionario o laboral al amparo de las precedentes disposiciones transitorias le serán reconocidos a efectos de trienios y antigüedad los servicios prestados en cualquier Administración Pública.