Disposición transitoria cuarta. Reglamento de régimen interior.
Disposición transitoria cuarta de la Ley 18/2010, de 7 de junio, de la Sindicatura de Cuentas. · BOE-A-2010-10828
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-06-12.
Texto consolidado
Mientras no se apruebe el reglamento de régimen interior se aplican las normas de régimen interior vigentes, en todo lo que sea compatible con la presente ley. En cualquier caso, debe tenerse en cuenta lo dispuesto por la normativa reguladora del procedimiento administrativo aplicable al ámbito de la Administración de la Generalidad.