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Ley Vigente

Disposición transitoria cuarta. Régimen transitorio del ejercicio de las funciones inherentes a la aplicación del Impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos.

Disposición transitoria cuarta de la Ley 18/2010, de 16 de julio, del régimen de cesión de tributos del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía y de fijación del alcance y condiciones de dicha cesión. · BOE-A-2010-11412

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-12-29.

Texto consolidado

Las funciones inherentes a la aplicación del Impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos se ejercerán por la Agencia Estatal de Administración Tributaria mientras no se haya procedido a la asunción efectiva de las mismas por parte de la Comunidad Autónoma.

Si en un momento posterior la Comunidad Autónoma asumiese estas funciones, no procederá el traspaso a la misma de los recursos materiales o humanos empleados por la Agencia Estatal de Administración Tributaria a tal fin.

Se añade, con efectos de 1 de enero de 2023, por el art. único.2 de la Ley 32/2022, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2022-22678#au

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-12-29.

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