Disposición transitoria cuarta.
Disposición transitoria cuarta de la Ley 17/1989, de 23 de octubre, de Creación de Escalas del Personal Sanitario al Servicio de la Comunidad Autónoma. · BOE-A-1990-3457
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1989-10-27.
Texto consolidado
Al personal funcionario que se integre en los cuerpos y escalas y al interino o contratado administrativo al que se refiere el artículo 3 de la presente Ley les será de aplicación el sistema retributivo derivado de la catalogación de puestos de trabajo que establece la Ley 4/1988, salvo aquel que ocupe puestos de trabajo que lleven aparejada relación profesional retribuida por el INSALUD, que continuará con su régimen retributivo actual hasta que se acuerde por el Consejo de la Junta la homologación de retribuciones básicas de los funcionarios.