Disposición transitoria cuarta.
Disposición transitoria cuarta del Decreto Legislativo 4/2023, de 21 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Cuerpos Docentes de la Enseñanza no Universitaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco. · BOE-A-2023-23219
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-10-14.
Texto consolidado
El personal al servicio de los centros a que hace referencia la disposición adicional octava de la ley de la Escuela Pública Vasca, que se integren en la red pública, continuará al servicio de la Administración con la relación que ostentara, siendo sus plazas declaradas a extinguir, sin que les resulte de aplicación lo dispuesto en la disposición transitoria quinta de esta ley.