Disposición final única.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-11-07.
Texto consolidado
La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Por el Director general de la Agencia Estatal de Administración Tributaria se adoptarán las medidas necesarias para la plena entrada en funcionamiento de la Oficina Nacional de Investigación del Fraude.
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- Ver la norma completa: Resolución de 27 de octubre de 1998, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se crea la Oficina Nacional de Investigación del Fraude en el Departamento de Inspección Financiera y Tributaria, se crean equipos de estudio del fraude en los Departamentos de Recaudación y Gestión Tributaria, se ordena la elaboración del Plan General de Control Tributario y se modifica la Resolución de 24 de marzo de 1992 de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre organización y atribución de funciones a la inspección de los tributos en el ámbito del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria.