Disposición final única. Entrada en vigor.
Disposición final única de la Resolución de 14 de septiembre de 2009, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se determina el contenido mínimo de la información a publicar en el "Boletín Oficial del Estado" por las entidades del sector público estatal empresarial y fundacional que no tengan obligación de publicar sus cuentas anuales en el registro mercantil. · BOE-A-2009-15132
Atención: BOE-A-2009-15132 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Más artículos de BOE-A-2009-15132
- ← Disposición derogatoria única. Derogación de la Resolución de 23 de diciembre de 2005, de la Intervención General de …
- Ver la norma completa: Resolución de 14 de septiembre de 2009, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se determina el contenido mínimo de la información a publicar en el "Boletín Oficial del Estado" por las entidades del sector público estatal empresarial y fundacional que no tengan obligación de publicar sus cuentas anuales en el registro mercantil.