Disposición final única. Entrada en vigor.
Disposición final única del Real Decreto 55/2002, de 18 de enero, sobre explotación y cesión de invenciones realizadas en los entes públicos de investigación, de conformidad con lo establecido en el artículo 20 de la Ley 11/1986, de 20 de marzo, de Patentes. · BOE-A-2002-1754
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-01-31.
Texto consolidado
El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Más artículos de Real Decreto 55/2002
- ← Disposición transitoria única. Distribución de beneficios de explotación de las patentes ya registradas.
- Ver la norma completa: Real Decreto 55/2002, de 18 de enero, sobre explotación y cesión de invenciones realizadas en los entes públicos de investigación, de conformidad con lo establecido en el artículo 20 de la Ley 11/1986, de 20 de marzo, de Patentes.