El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente 2 redacciones

Disposición final única. Habilitación normativa.

Disposición final única del Real Decreto 259/2002, de 8 de marzo, por el que se actualizan las medidas de seguridad en la utilización de las motos náuticas. · BOE-A-2002-4919

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-07-01.

Texto consolidado

Se autoriza al Ministro de Fomento para dictar, en el ámbito de sus competencias, las disposiciones necesarias para la aplicación de este real decreto, y en especial para la regulación del curso de monitor de motonáutica.

Téngase en cuenta que la actualización de esta disposición establecida por el art. 1.9 del Real Decreto 238/2019, de 5 de abril. Ref. BOE-A-2019-6481 entra en vigor el 1 de julio de 2019, según determina su disposición final única:

Redacción anterior:

"Disposición final única. Habilitación normativa.

Se autoriza al Ministro de Fomento para dictar, en el ámbito de sus competencias, las disposiciones necesarias para la aplicación de este Real Decreto."

Esta modificación entra en vigor el 1 de julio de 2019, según determina la disposición final única del citado Real Decreto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-07-01.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2019-6481.

En El Vínculo puedes comparar qué decía este artículo en cada fecha, redacción a redacción.

Más artículos de Real Decreto 259/2002

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 259/2002 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.