Disposición final única. Entrada en vigor.
Disposición final única del Real Decreto 24/2021, de 19 de enero, por el que se modifican el Real Decreto 319/2015, de 24 de abril, sobre declaraciones obligatorias a efectuar por primeros compradores y productores de leche y productos lácteos de vaca, oveja y cabra, y el Real Decreto 153/2016, de 15 de abril, sobre declaraciones obligatorias a efectuar por los fabricantes de leche líquida envasada de vaca. · BOE-A-2021-794
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-01-21.
Texto consolidado
El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», salvo:
a) El apartado tres del artículo primero, que entrará en vigor el 1 de enero de 2021.
b) El apartado dos del artículo primero, que entrará en vigor el 1 de febrero de 2021.
c) El apartado seis del artículo primero, que entrará en vigor el 1 de enero de 2022.
d) Los apartados cuatro y cinco del artículo primero, que entrarán en vigor el 1 de febrero de 2022.
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