Disposición final única. Efectos.
Disposición final única de la Orden INT/551/2020, de 21 de junio, por la que se prorrogan los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. · BOE-A-2020-6509
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-06-21.
Texto consolidado
Esta orden surtirá efectos desde las 00:00 horas del 21 de junio hasta las 24:00 horas del 30 de junio de 2020.
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