Disposición final única. Efectos.
Disposición final única de la Orden INT/409/2020, de 14 de mayo, por la que se prorrogan los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. · BOE-A-2020-5053
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-05-16.
Texto consolidado
1. Esta orden entrará en vigor a las 00:00 horas del 16 de mayo de 2020.
2. Tendrá vigencia hasta las 24:00 horas del 15 de junio de 2020, sin perjuicio, en su caso, de las eventuales prórrogas que pudiesen acordarse.
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