Disposición final única.
Disposición final única de la Ley 9/1995, de 27 de julio, de regulación del acceso motorizado al medio natural. · BOE-A-1995-20287
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-08-22.
Texto consolidado
Se facultan al Gobierno de la Generalidad y al Consejero de Agricultura, Ganadería y Pesca para dictar las normas necesarias para el desarrollo y la aplicación de la presente Ley.