Disposición final única.
Disposición final única de la Ley 5/1996, de 17 de diciembre, de Carreteras de Cantabria. · BOE-A-1997-4272
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-01-14.
Texto consolidado
El Consejo de Gobierno de la Diputación Regional de Cantabria podrá dictar las disposiciones reglamentarias oportunas, en ejercicio de la potestad que le corresponde por lo dispuesto en el Estatuto de Autonomía.