Disposición final tercera. Facultades de desarrollo.
Disposición final tercera del Real Decreto-ley 2/2026, de 3 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, en materia tributaria y relativas a los recursos de los sistemas de financiación territorial. · BOE-A-2026-2547
Atención: Real Decreto-ley 2/2026 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El Gobierno y las personas titulares de los distintos Departamentos ministeriales, en el ámbito de sus respectivas competencias, dictarán las disposiciones necesarias para el desarrollo y la ejecución de lo dispuesto en este Real Decreto-ley.
Más artículos de Real Decreto-ley 2/2026
- ← Disposición final segunda. Salvaguardia de rango de disposiciones reglamentarias.
- → Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
- Ver la norma completa: Real Decreto-ley 2/2026, de 3 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, en materia tributaria y relativas a los recursos de los sistemas de financiación territorial.