Disposición final tercera. Habilitación de créditos presupuestarios.
Disposición final tercera del Real Decreto-ley 12/1995, de 28 de diciembre, sobre medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera. · BOE-A-1995-27964
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-01-01.
Texto consolidado
Por el Ministerio de Economía y Hacienda se habilitarán los créditos precisos para hacer efectivas las retribuciones que resulten del nuevo Estatuto Jurídico de los Magistrados del Tribunal Supremo.