Disposición final tercera. Facultades de desarrollo.
Disposición final tercera del Real Decreto 696/2022, de 23 de agosto, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de propuestas, sugerencias, quejas y solicitudes de información del personal de la Guardia Civil. · BOE-A-2022-14058
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-09-13.
Texto consolidado
1. Se autoriza a la persona titular de Ministerio del Interior para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo del presente real decreto.
2. La persona titular de la Dirección General de la Guardia Civil, oído el Consejo de la Guardia Civil, podrá adoptar criterios de interpretación uniforme sobre las situaciones y circunstancias concretas que constituyan causas de inadmisión de las propuestas y sugerencias del personal de la Guardia Civil sobre el régimen de personal, sobre sus derechos y deberes, sobre el ejercicio del derecho de asociación y sobre los aspectos sociales que les afecten.
Más artículos de Real Decreto 696/2022
- ← Disposición final segunda. Título competencial.
- → Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
- Ver la norma completa: Real Decreto 696/2022, de 23 de agosto, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de propuestas, sugerencias, quejas y solicitudes de información del personal de la Guardia Civil.