Disposición final tercera. Desarrollo del derecho de la Unión Europea.
Disposición final tercera del Real Decreto 640/2007, de 18 de mayo, por el que se establecen excepciones a la obligatoriedad de las normas sobre tiempos de conducción y descanso y el uso del tacógrafo en el transporte por carretera. · BOE-A-2007-10557
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-05-27.
Texto consolidado
Este real decreto se aprueba en desarrollo del Reglamento (CE) n.º 561/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2006, relativo a la armonización de determinadas disposiciones en materia social en el sector de los transportes por carretera y por el que se modifican los Reglamentos (CEE) n.º 3821/85 y (CE) n.º 2135/98 y se deroga el Reglamento (CEE) n.º 3820/85 del Consejo.
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