Disposición final tercera. Modificación del Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios.
Disposición final tercera del Real Decreto 56/2016, de 12 de febrero, por el que se transpone la Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, relativa a la eficiencia energética, en lo referente a auditorías energéticas, acreditación de proveedores de servicios y auditores energéticos y promoción de la eficiencia del suministro de energía. · BOE-A-2016-1460
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-02-14.
Texto consolidado
La Parte II «Instrucciones técnicas» del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios, aprobado como anexo del Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, queda modificada como sigue:
Uno. Se modifica la tabla 3.1 Operaciones de mantenimiento preventivo y su periodicidad de la IT 3.3 que se sustituye por la siguiente:
«Tabla 3.1 Operaciones de mantenimiento preventivo y su periodicidad
Equipos y potencias útiles nominales (Pn)
Usos
Viviendas
Restantes usos
Calentadores de agua caliente sanitaria a gas Pn ≤ 24,4 kW.
5 años
2 años
Calentadores de agua caliente sanitaria a gas 24,4 kW < Pn ≤ 70 kW
2 años
Anual
Calderas murales a gas Pn ≤ 70 kW
2 años
Anual
Resto instalaciones calefacción Pn ≤ 70 kW
Anual
Anual
Aire acondicionado Pn ≤ 12 kW
4 años
2 años
Aire acondicionado 12 kW < Pn ≤ 70 kW
2 años
Anual
Instalaciones de potencia superior a 70 kW
Mensual
Mensual»
Dos. Se añaden los siguientes términos y definiciones en el apéndice 1:
«1. Después de ‘‘Instalaciones centralizadas’’:
‘Instalación de aire acondicionado’: Combinación de elementos necesarios para proporcionar un tipo de tratamiento del aire interior, mediante el cual la temperatura está controlada o puede bajarse.
3. Después de ‘‘Biocombustibles sólidos’’:
‘Bomba de calor’: Máquina, dispositivo o instalación que transfiere calor del entorno natural, como el aire, el agua o la tierra, al edificio o a aplicaciones industriales invirtiendo el flujo natural de calor, de modo que fluya de una temperatura más baja a una más alta. En el caso de las bombas de calor reversible, también pueden trasladar calor del edificio al entorno natural.»
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- Ver la norma completa: Real Decreto 56/2016, de 12 de febrero, por el que se transpone la Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, relativa a la eficiencia energética, en lo referente a auditorías energéticas, acreditación de proveedores de servicios y auditores energéticos y promoción de la eficiencia del suministro de energía.