Disposición final tercera. Modificación del Real Decreto 774/1997, de 30 de mayo, por el que se establece la nueva regulación del Instituto de la Mujer.
Disposición final tercera del Real Decreto 200/2012, de 23 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y se modifica el Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales. · BOE-A-2012-1034
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-01-24.
Texto consolidado
El apartado 1 del artículo 7 del Real Decreto 774/1997, de 30 de mayo, por el que se establece la nueva regulación del Instituto de la Mujer, queda redactado de la siguiente manera:
«Artículo 7. El Director General.
1. Ostentará la Dirección General del Instituto de la Mujer la persona titular de la Dirección General para la Igualdad de Oportunidades.»
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