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Real Decreto Vigente

Disposición final tercera. Modificación del Real Decreto 774/1997, de 30 de mayo, por el que se establece la nueva regulación del Instituto de la Mujer.

Disposición final tercera del Real Decreto 200/2012, de 23 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y se modifica el Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales. · BOE-A-2012-1034

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-01-24.

Texto consolidado

El apartado 1 del artículo 7 del Real Decreto 774/1997, de 30 de mayo, por el que se establece la nueva regulación del Instituto de la Mujer, queda redactado de la siguiente manera:

«Artículo 7. El Director General.

1. Ostentará la Dirección General del Instituto de la Mujer la persona titular de la Dirección General para la Igualdad de Oportunidades.»

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2012-01-24.

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