Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Disposición final tercera del Real Decreto 1952/2000, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas (CIEMAT). · BOE-A-2000-21833
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-12-03.
Texto consolidado
El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Más artículos de Real Decreto 1952/2000
- ← Disposición final segunda. Modificaciones presupuestarias.
- → Artículo 1. Naturaleza jurídica, adscripción, fines y denominación.
- Ver la norma completa: Real Decreto 1952/2000, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas (CIEMAT).