Disposición final tercera. Habilitación para desarrollo normativo.
Disposición final tercera del Real Decreto 1333/2005, de 11 de noviembre, por el que se desarrolla la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, en materia de abuso de mercado. · BOE-A-2005-19251
Atención: Real Decreto 1333/2005 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Se faculta al Ministro de Economía y Hacienda para dictar las disposiciones necesarias para el cumplimiento y ejecución de este real decreto y, con su habilitación expresa, a la Comisión Nacional del Mercado de Valores.
Más artículos de Real Decreto 1333/2005
- ← Disposición final segunda. Incorporación de derecho de la Unión Europea.
- → Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
- Ver la norma completa: Real Decreto 1333/2005, de 11 de noviembre, por el que se desarrolla la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, en materia de abuso de mercado.