Disposición final tercera.
Disposición final tercera del Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, sobre retribuciones del profesorado universitario. · BOE-A-1989-21967
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1989-09-10.
Texto consolidado
Se autoriza a los Ministros de Economía y Hacienda, para las Administraciones Públicas y de Educación y Ciencia, en el ámbito de sus respectivas competencias, para dictar, en su caso, las disposiciones necesarias en aplicación y desarrollo del presente Real Decreto.