Disposición final tercera. Título competencial.
Disposición final tercera del Real Decreto 1011/2015, de 6 de noviembre, por el que se regula el procedimiento para formalizar el sistema de consignaciones en sede electrónica de las cantidades necesarias para tomar parte en las subastas judiciales y notariales. · BOE-A-2015-12055
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-11-08.
Texto consolidado
Este real decreto se dicta al amparo de la competencia en legislación procesal que corresponde al Estado conforme al artículo 149.1.6.ª de la Constitución, sin perjuicio de las necesarias especialidades que en este orden se deriven de las particularidades del derecho sustantivo de las comunidades autónomas.
La disposición final segunda se dicta al amparo de la competencia que corresponde al Estado en materia de ordenación de los registros e instrumentos públicos, conforme al artículo 149.1.8.ª de la Constitución.
Más artículos de Real Decreto 1011/2015
- ← Disposición final segunda. Modificación del Decreto de 2 de junio de 1944, por el que se aprueba con carácter definit…
- → Disposición final cuarta. Facultades de desarrollo y ejecución.
- Ver la norma completa: Real Decreto 1011/2015, de 6 de noviembre, por el que se regula el procedimiento para formalizar el sistema de consignaciones en sede electrónica de las cantidades necesarias para tomar parte en las subastas judiciales y notariales.