Disposición final tercera. Título competencial.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-05-02.
Texto consolidado
La presente norma es de aplicación en todo el territorio nacional y se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.30.ª de la Constitución Española que atribuye al Estado la competencia exclusiva sobre las condiciones de obtención, expedición y homologación de títulos académicos y profesionales.
Más artículos de Orden ECD/775/2015
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- Ver la norma completa: Orden ECD/775/2015, de 29 de abril, por la que se establece la equivalencia de la formación conducente al nombramiento de Subinspector del Cuerpo Nacional de Policía al nivel académico universitario oficial de Grado, y se modifica la Orden EDU/3125/2011, de 11 de noviembre, por la que se establece la equivalencia de la formación conducente al nombramiento de Inspector del Cuerpo Nacional de Policía al nivel académico de Máster Universitario Oficial.