Disposición final tercera. Facultades de desarrollo.
Disposición final tercera de la Orden DEF/1766/2007, de 13 de junio, por la que se desarrolla el encuadramiento, organización y funcionamiento de la Unidad Militar de Emergencias. · BOE-A-2007-11932
Atención: Orden DEF/1766/2007 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. El Jefe de Estado Mayor de la Defensa, el Secretario de Estado de Defensa, el Subsecretario de Defensa, el Jefe de Estado Mayor del Ejército de Tierra y el Jefe de Estado Mayor del Ejército del Aire, dictarán las disposiciones oportunas, en el ámbito de sus competencias, para el desarrollo y ejecución de esta orden ministerial.
2. Se faculta al Jefe de la UME para que dicte las instrucciones de desarrollo y ejecución, así como las órdenes de servicio necesarias para la aplicación de esta orden ministerial, y específicamente, para determinar la estructura general del Estado Mayor y sus misiones.
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