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Orden Derogada

Disposición final tercera. Facultades de desarrollo.

Disposición final tercera de la Orden DEF/1766/2007, de 13 de junio, por la que se desarrolla el encuadramiento, organización y funcionamiento de la Unidad Militar de Emergencias. · BOE-A-2007-11932

Atención: Orden DEF/1766/2007 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. El Jefe de Estado Mayor de la Defensa, el Secretario de Estado de Defensa, el Subsecretario de Defensa, el Jefe de Estado Mayor del Ejército de Tierra y el Jefe de Estado Mayor del Ejército del Aire, dictarán las disposiciones oportunas, en el ámbito de sus competencias, para el desarrollo y ejecución de esta orden ministerial.

2. Se faculta al Jefe de la UME para que dicte las instrucciones de desarrollo y ejecución, así como las órdenes de servicio necesarias para la aplicación de esta orden ministerial, y específicamente, para determinar la estructura general del Estado Mayor y sus misiones.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-06-19.

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