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Ley Orgánica Derogada

Disposición final tercera. Habilitación para el desarrollo reglamentario.

Disposición final tercera de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. · BOE-A-2001-24515

Atención: Ley Orgánica 6/2001 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Corresponde al Gobierno y a las Comunidades Autónomas en el ámbito de sus respectivas competencias dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y aplicación de la presente Ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-01-13.

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