Disposición final tercera.
Disposición final tercera de la Ley Orgánica 2/1980, de 18 de enero, sobre regulación de las distintas modalidades de referéndum. · BOE-A-1980-1564
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1980-01-24.
Texto consolidado
Por el Ministerio de Hacienda se habilitarán los créditos necesarios para la celebración de las distintas modalidades de referéndum que regula la presente Ley.