Disposición final tercera. Modificación de la Ley Foral 15/2006, de 14 de diciembre, de Servicios Sociales de Navarra y de la normativa en materia de servicios sociales de Navarra.
Disposición final tercera de la Ley Foral 15/2016, de 11 de noviembre, por la que se regulan los derechos a la Inclusión Social y a la Renta Garantizada. · BOE-A-2016-11671
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-11-19.
Texto consolidado
1. Se modifica la letra b) del artículo 20 de la Ley Foral 15/2006, de 14 de diciembre, de Servicios Sociales de Navarra, que queda redactada de la siguiente forma:
«b) La prestación de Renta Garantizada.»
2. A partir de la entrada en vigor de la presente ley foral, toda referencia a la prestación de renta básica o de renta de inclusión social que exista en las normas en materia de servicios sociales de Navarra se entenderá referida a la prestación de Renta Garantizada.
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