Disposición final tercera. Acreditación de cualificaciones para el acceso y ejercicio de las profesiones por otras vías.
Disposición final tercera de la Ley 8/2022, de 30 de junio, sobre acceso y ejercicio de profesiones de la actividad física y del deporte en la Comunidad Autónoma del País Vasco. · BOE-A-2022-14085
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-07-20.
Texto consolidado
El acceso y ejercicio de las profesiones puede realizarse a través de las cualificaciones acreditadas mediante los títulos académicos y certificados determinados en esta ley. En el plazo de un año a partir de la entrada en vigor de la ley, el departamento del Gobierno Vasco competente en materia de deporte determinará los supuestos, condiciones y procedimientos para acreditar las cualificaciones adquiridas por otras vías diferentes a los citados títulos y certificados.