Disposición final tercera. Modificación de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva.
Disposición final tercera de la Ley 5/2015, de 27 de abril, de fomento de la financiación empresarial. · BOE-A-2015-4607
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-04-29.
Texto consolidado
La Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva, queda modificada como sigue:
Uno. Se da una nueva redacción al párrafo introductorio del apartado 1 del artículo 69, con la siguiente redacción:
«1. Quedan sujetos al régimen de supervisión, inspección y sanción de esta Ley, en lo que se refiere al cumplimiento de esta Ley y su normativa de desarrollo, así como de las normas de Derecho de la Unión Europea que contengan preceptos específicamente referidos a las mismas:»
Dos. Se introduce una nueva letra z) octies en el artículo 80, con la siguiente redacción:
«z) octies El incumplimiento de las obligaciones contenidas en el artículo 5 bis del Reglamento (CE) n.º 1060/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo de 16 de septiembre de 2009 sobre las agencias de calificación crediticia, con carácter no meramente ocasional o aislado.»
Tres. Se introduce una nueva letra z) sexies en el artículo 81, con la siguiente redacción:
«z) sexies El incumplimiento de las obligaciones contenidas en el artículo 5 bis del Reglamento (CE) n.º 1060/2009, cuando no constituyan infracción muy grave.»
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- Ver la norma completa: Ley 5/2015, de 27 de abril, de fomento de la financiación empresarial.