Disposición final tercera.
Disposición final tercera de la Ley 4/1990, de 29 de junio, de Bibliotecas de La Rioja. · BOE-A-1990-21734
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1990-09-01.
Texto consolidado
El Gobierno de La Rioja, en el plazo de seis meses a partir de la entrada en vigor de esta Ley, desarrollará reglamentariamente la composición y funciones del Consejo Asesor de Bibliotecas.