Disposición final tercera. Decreto que regule la función informática en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Disposición final tercera de la Ley 2/2025, de 2 de abril, de Simplificación Administrativa de Cantabria. · BOE-A-2025-10884
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-04-05.
Texto consolidado
En el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de esta ley, el Gobierno de Cantabria procederá a la aprobación de un nuevo Decreto que regule la función informática en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en sustitución del Decreto 12/2008, de 24 de enero, con el fin de limitar la función informática a las funciones de las Direcciones Generales competentes en materia de informática y simplificación administrativa.